Remuneración por incapacidad permanente
…pasados
unos días, Juan, acude de nuevo al médico, esta vez era solo para los
resultados de una analítica, pero en su mente llevaba en el recuerdo la
conversación del día anterior, y esta vez no estaba por la labor de irse de la
consulta sin saber las diferencias entre las distintas pensiones por
incapacidad permanente….
--Médico: ¡Buenos días Juan! ¿Qué tal estás?
¿Sigues con tantos dolores? ¿Cómo llevas lo del trabajo?...
--Juan: Hola Doctor, sigo con bastantes
dolores, unos días más y otros días menos, pero no se saltan ningún día; lo del
trabajo mal, a eso vengo, a que me dé la baja, porque me es imposible seguir
trabajando así…, bueno, y para que me dé el resultado de la analítica…
--Médico: ¿Has buscado a alguien que pueda
ayudarte?
--Juan: Si, he contactado con una asesoría
médico-legal que me han aconsejado, tengo hora con ellos la semana que viene;
parece ser que son bastante profesionales…
--Médico: Me alegro que hayas recapacitado y
te pongas manos a la obra en este asunto; con respecto a la baja laboral, ahora
te la hago, si con el trabajo que tienes, es imposible que puedas realizarlo…
--Juan: Gracias doctor, pero hasta que los
vea, ¿me va a tener intrigado cuanto se cobra con cada tipo de incapacidad?
--Médico: No hombre, hoy que hay menos gente y
estamos un poco más tranquilos te informo, ¿Te acuerdas…?
--Juan: Doctor, me acuerdo que había cuatro
tipos de incapacidades permanentes, si…
--Médico: La incapacidad permanente (IP) parcial es aquella en la que tras
sufrir un daño o enfermedad corporal, te da derecho a la indemnización de 24 mensualidades (la mensualidad sería la
cantidad de la base reguladora de la incapacidad temporal (baja)), se da a tanto
alzado, y luego sigues trabajando…
--Juan: Entonces… ¿Te ingresan todo el
dinero de golpe?
--Médico: Si, así es. Luego la IP total sería el 55% de la base reguladora que resulte de hacer el cálculo, habiendo
variantes, en relación a accidente de trabajo, enfermedad profesional o
enfermedad común… y en la IP absoluta
sería el 100% en todos los casos…
--Juan: Tengo un amigo que me ha contado que
cobra más del 55%, y tiene la IP Total… ¿Cómo puede ser eso?...
--Médico: Si, así es, se me olvidaba, aquí
interviene la edad que tengas en el momento de concederte la IP total… es el 55% si eres menor de 55 años; y pasada
esta edad sería del 75% siempre y cuando
no tenga otra actividad económica…
--Juan: ¿Y la Gran Invalidez?
--Médico: Aquí es más complicado, sería el 100%, más un complemento de ayuda,
para la tercera persona, para poder vivir con un mínimo de decoro, pero no es
tu caso afortunadamente… y vamos ya a ver la analítica….
Y la visita médica acaba con los resultados
de la analítica, con la prescripción de algún fármaco y con la baja laboral de
Juan; pero en nuestro protagonista se ha despertado una curiosidad por estos
temas, y que seguro que volverá a la consulta para seguir interrogando al
paciente facultativo…