martes, 27 de septiembre de 2016

¿Sabías que...(Conceptos básicos sobre incapacidad laboral)
        …si caes enfermo y estas trabajando tienes derecho a que estar de baja laboral hasta que la curación de tus lesiones permitan tu reincorporación? Si no es así tienes derecho a impugnar el alta laboral emitida indebidamente.

¿Sabías que… si tus lesiones o enfermedades no te permiten incorporarte al trabajo porque has perdido las capacidades necesarias para ejercerlo con rendimiento, eficacia y sin que sea necesaria una especial tolerancia por el empresario, tienes derecho a que se te valore la una incapacidad laboral? Tienes derecho a solicitar el reconocimiento del grado de incapacidad permanente que corresponda sin esperar a que lo haga la administración por ti.

¿Sabías que… no es necesario agotar el periodo máximo de incapacidad temporal cuando las limitaciones derivadas de tus enfermedades se puedan valorar como definitivas, o que no van a mejorar lo suficiente, como para permitir tu reincorporación a la vida laboral? En la mayoría de los casos es mejor no esperar a agotarlo.

¿Sabías que… hay varios grados de incapacidad permanente?

Parcial para la profesión habitual, es aquella que sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal, sin impedirle las tareas fundamentales que comporte.

Total para la profesión habitual, se caracteriza porque el trabajador como consecuencia de sus enfermedades y limitaciones, se encuentra impedido para las tareas fundamentales que su trabajo conlleva, pudiendo desempeñar alguna otra actividad laboral distinta.

Absoluta, cuando no le queda al trabajador capacidad laboral alguna para ejercerla con rendimiento y eficacia.

Y gran invalidez, cuando el trabajador necesita la ayuda de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, como asearse, comer, vestirse y análogos.

¿Sabías que… si ya te han reconocido alguno de ellos, tienes derecho a que se te revise si tus limitaciones han aumentado?

Si te encuentras en alguna de estas situaciones, lucha por tus derechos!!                          
                                               JURADIS, ASESORÍA JURÍDICA          

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